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DISCAPACIDAD

La aniridia es considerada una discapacidad visual, ya que todo anirídico en alguna u otra medida presenta carencia, disminución o defectos en la visión. Esto hace que cualquier persona que la padezca pueda obtener su certificado de discapacidad, y de esta forma estar lo más protegido posible ante las distintas arbitrariedades que se le van a ir presentando.

Cómo obtener el certificado de discapacidad visual

Para la obtención del certificado de discapacidad hay que dirigirse al Servicio Nacional de Rehabilitación () allí la persona que padezca aniridia será evaluada por una junta médica y se le otorgará dicho certificado.

Requisitos indispensables para la obtención del certificado de discapacidad visual

1) El certificado original expedido por un médico especialista (en nuestro caso: oftalmólogo) que debe incluir:

  • Diagnóstico y estado actual del paciente
  • Agudeza Visual con o sin corrección de ambos ojos
  • Biomicroscopia de ambos ojos
  • Presión Ocular de ambos ojos
  • Fondo de Ojo de ambos ojos
  • 2) Estudios médicos que completan y avalen el diagnóstico:

  • Campo Visual Goldman (III 4 e)
  • Ecografía Ocular
  • Retinofluoresceinografía
  • Estudios electrofisiológicos
  • El diagnóstico médico debe ser actualizado (no más de 6 meses) y es retenido por el SNR sin devolución.

    Hay que presentarse con el DNI/LE/LC original y legible.

    El certificado de discapacidad es un documento de carácter público, por tal motivo, su original nunca debe ser entregado a ningún organismo que lo solicite. Y en el caso de pérdida o extravío es necesario que se formule la denuncia pertinente ante la policía.

    Beneficios que otorga el certificado de discapacidad

    El certificado de discapacidad brinda una serie de beneficios tales como:

  • Acceso a la cobertura integral de las prestaciones de habilitación y rehabilitación. Ley Nro. 24.901. Además es importante aclarar que cualquier persona que no se encuentre cubierto por una Obra Social por el sólo hecho de obtener el certificado de discapacidad, tiene derecho a que el ANSES le otorgue una pensión y de esa forma se le brinda la cobertura médica que necesita.
  • Cobertura integral de medicación. Ley Nro. 23.661, Art. 28.
  • Cobertura integral de tratamiento psicológico y/o psiquiátrico, incluído el grupo familiar.
  • Diagnóstico, orientación y asesoramiento preventivo para los integrantes del grupo familiar de pacientes que presentan patologías de carácter genético-hereditario.
  • Pase libre en transporte público de pasajeros.
  • Símbolo internacional de acceso para el automóvil y excención de la patente. Libre tránsito y estacionamiento. Ley Nro. 19.279, Art. 12.
  • Régimen de asignaciones familiares otorgado por el ANSES. Ley Nro. 2.243, Art. 14 bis.
  • Franquicias para la compra de automotores. Ley 19.279.
  • Excenciones de ciertos impuestos y la posibilidad de acceder a un empleo en la administración pública.
  • Junio 2007. Ciudad de Buenos Aires, República Argentina. @ Programación GHS